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Discurso, leido por el Presidente, Excmo. Sr. D. José Canalejas y Méndez,
en la Sesión Inaugural del Curso de 1894 a 95, celebrada el 10 de Diciembre de 1894,
de la Real Academia de Jurisprudencia y Legislación
ASPECTO JURIDICO DEL PROBLEMA SOCIAL. de José Canalejas y Méndez.
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requisa militar limite su derecho; ni que al cazar en el aire o la tierra baldía o perseguir la pesca en las corrientes de las aguas fije la ley a su actividad aquel límite en el tiempo, que garantiza las posibles consecuencias de una fecundación? Dedúcese, en suma, que si la propiedad individual vive consagrada en las leyes, está por ellas también condicionada, circunscrita y hasta negada o convertida cuando el provecho del interés común se impone. Si el colectivismo es inadmisible, el concepto de la propiedad orgánica y el ejercicio del derecho de propiedad individual con limitaciones impuestas por el fin y armonías sociales, son términos por todos sin discusión admitidos. Ya en la esfera de las concesiones administrativas, aquel que explota un ferrocarril y suspende su circulación, o el que labora una mina e posee un caudal de agua y no utiliza tales elementos, incurre en forzosa caducidad. Cierto que entre el derecho fundado en la expropiación de un dominio público o en el goce de un monopolio, y la propiedad individual del predio o la vivienda, existen distancias que la doctrina salva con temor y que la ley ha de tomar en cuenta con prudencia. Por instinto y reflexión el espíritu social ha creado formas armónicas en las que el derecho privado se combina mediante el contrato para crear una propiedad colectiva e indivisa sometida a la decisión de mayorías como aquellas que gobiernan las sociedades anónimas y otras muchas instituciones de crédito. Es general el movimiento hacia los sindicatos agrícolas, industriales y mercantiles, en los que los medios generales sir ven a la explotación individual, y el disfrute de los medios individuales se acompasa para obtener la armonía colectiva. Cada vez más, el ser humano, sin abjurar de su individualidad, se compenetra con el espíritu colectivo y siente la precisión de agruparse según sus inclinaciones, profesión o creencias, comprendiendo que el atomismo individualista, incompatible con la civilización antigua, es menos compatible con una civilización tan compleja como la moderna. Bien aparece tal sentido en las palabras que el espiritual Bourget pone en boca del cardenal Gibbons y del arzobispo de Ireland en la relación de sus recientes entrevistas con ambos prelados. Entendía el primero como un título de gloria la defensa de los caballeros del trabajo, fórmula de un espíritu de asociación que da al obrero medios de resistencia contra los
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